Societario y corporativo.
La mayoría de los conflictos entre socios se podían evitar en el papel. Constituimos, ordenamos y documentamos tu sociedad para que la estructura aguante cuando el negocio crece.
En qué te ayudamos
Constitución de sociedades, aumentos de capital, cambios de objeto o de administración, y su inscripción.
Consulta por esto →Pactos de socios y accionistasReglas claras de entrada, salida, decisión y reparto, redactadas antes de que aparezca el conflicto.
Consulta por esto →Contratos comercialesPrestación de servicios, distribución, confidencialidad y proveedores.
Consulta por esto →Gobierno corporativoActas, juntas, poderes y libros societarios en regla.
Consulta por esto →Tu caso en 3 pasos
Revisamos la estructura, sin costo
Vemos cómo está constituida tu sociedad y dónde está el riesgo.
Proponemos el arreglo
Qué modificar, redactar o inscribir, con presupuesto y plazos por escrito.
Dejamos todo en regla
Redactamos, inscribimos y te entregamos la documentación ordenada.
La ley, explicada con fuente
Cómo crear una SpA: formulario en el Registro, con firma electrónica avanzada o ante notario.
SocietarioEIRL: una persona natural, un patrimonio separado y los casos en que el titular responde con todo.
SocietarioCerrar una sociedad: aviso de término de giro al SII y pago del impuesto dentro de los dos meses siguientes.
SocietarioSalida de un socio: la cesión de acciones se inscribe en el Registro de Accionistas y el precio debe resistir al SII.
SocietarioModificar una sociedad: cambios de socios, capital o administradores se informan al SII dentro de dos meses.
Lo que más nos preguntan
¿Qué tipo de sociedad me conviene?
Depende de cuántos socios son, cómo repartirán decisiones y utilidades, y qué esperan hacer con la empresa. Lo conversamos antes de constituir.
Somos socios y no tenemos nada firmado, ¿es tarde?
No. Se puede firmar un pacto de socios sobre una sociedad ya constituida. Es mejor hacerlo antes de que haya desacuerdo.
¿Puedo constituir mi SpA en línea?
Sí. La ley permite constituir la SpA y otras sociedades mediante formulario electrónico en el Registro de Empresas y Sociedades, firmándolo con firma electrónica avanzada o ante notario.
¿Qué es una EIRL y qué me protege?
La empresa individual de responsabilidad limitada la establece una persona natural y es una persona jurídica con patrimonio propio, distinto al de su titular. La empresa responde por las obligaciones de su giro con todos sus bienes, y tú respondes solo del pago efectivo del aporte que te comprometiste a hacer. Esa protección tiene excepciones: por ejemplo, respondes con todos tus bienes por los actos hechos fuera del objeto de la empresa o si haces retiros que no corresponden a utilidades líquidas y realizables. Lo explicamos en qué es una EIRL.
¿Qué sociedades se pueden constituir en el Registro de Empresas y Sociedades?
La Ley 20.659 permite acogerse al Registro a ocho figuras: la empresa individual de responsabilidad limitada, la sociedad de responsabilidad limitada, la anónima cerrada, la anónima de garantía recíproca, la colectiva comercial, la sociedad por acciones (SpA) y las dos en comandita, simple y por acciones. En el Registro, el contrato social y sus modificaciones quedan en un formulario electrónico. Te ayudamos a elegir la figura y a revisar lo que el formulario no resuelve.
¿Puedo firmar los formularios de la sociedad a distancia?
Sí, si tienes firma electrónica avanzada: la que está certificada por un prestador acreditado y se crea con medios que mantienes bajo tu exclusivo control. Si no la tienes, debes firmar ante notario, que estampa su propia firma electrónica avanzada en el formulario. También puedes firmar por medio de un apoderado, con un poder otorgado en alguna de las formas que indica la ley, y los socios pueden designar en el formulario a un apoderado para que firme por todos.
¿Dónde se inscribe la venta de acciones de una SpA?
Si la SpA está en el Registro de Empresas y Sociedades, en su Registro de Accionistas, que se lleva electrónicamente en el sitio del Registro. Toda cesión de acciones, los gravámenes sobre ellas y los pactos sobre su cesión deben inscribirse ahí, y la compraventa puede hacerse directamente con el formulario «De Compraventa de Acciones». Una vez inscrita la cesión, se entiende informada al SII. Lo vemos en cómo sale un socio de una SpA.
Cambiamos socios, capital o administrador, ¿hay que avisar al SII?
Sí. La ley obliga a comunicar al SII, por la carpeta tributaria electrónica, la modificación de socios o accionistas, las modificaciones de capital y los cambios de representantes con poderes generales de administración, entre otras. El plazo es de dos meses desde la modificación o, si procede, desde su inscripción en el Registro de Comercio. No hacerlo se sanciona con multa de una UTM a una UTA. Detalle en cómo se modifica una sociedad.
¿Qué necesito para disolver una sociedad?
La ley no autoriza ninguna disolución de sociedad sin un certificado del SII en que conste que la sociedad está al día en el pago de sus tributos. Antes hay que dar aviso de término de giro por la carpeta tributaria electrónica, con el balance de término de giro, y pagar el impuesto dentro de los dos meses siguientes al término. El SII tiene seis meses para revisar, ampliables en tres. Lo explicamos en cómo disolver una sociedad.
¿El SII puede cuestionar el precio al que vendí mis acciones?
Sí. Si el precio sirve de base para determinar un impuesto y difiere notoriamente de los valores normales de mercado, el SII puede tasarlo fundadamente. Antes debe citarte para que acredites que la operación se hizo a valores de mercado, y puedes acompañar un informe de valoración. Por eso conviene dejar por escrito, antes de firmar, cómo se llegó al precio.
¿Mis deudas personales pueden afectar a mi EIRL?
Tus acreedores personales no tienen acción sobre los bienes de la empresa. En caso de liquidación, solo pueden dirigirse contra los beneficios o utilidades que te correspondan en la empresa y contra el remanente, una vez pagados los acreedores de la empresa. Y al revés: una vez retiradas, las utilidades líquidas pasan a tu patrimonio y los acreedores de la empresa no tienen acción contra ellas.
Las normas que citamos
Texto vigente de cada norma en la Biblioteca del Congreso Nacional (LeyChile).